Invasión de Zonas Comunes: Trasteros en el garaje, bicis en el rellano y patios
El Equipo de PDC
Expertos en Propiedad Horizontal

Bicicletas encadenadas a la barandilla, el zapatero del 5ºB en el descansillo, o el del bajo que ha montado una barbacoa y un gimnasio en el patio de luces. ¿Es legal apropiarse de un trocito de comunidad?
El Artículo 396 del Código Civil define los elementos comunes, y el principio básico es: el uso común no puede ser limitado por el uso privado de uno solo.
1. El Rellano y los Pasillos: ¿Puedo dejar cosas?
La respuesta corta: NO. Mucha gente cree que el trozo de felpudo delante de su puerta es suyo. Error. Es zona común.
- Seguridad y Bomberos: El Código Técnico de la Edificación (CTE) exige que las vías de evacuación estén libres de obstáculos.
- Una bicicleta, un carrito de bebé o un mueble zapatero son obstáculos en caso de incendio o evacuación a oscuras (humo).
- Responsabilidad: Si hay un incendio y alguien tropieza con tu bicicleta al huir, la responsabilidad civil (y penal) recaerá sobre el dueño del objeto y sobre el Presidente que consintió esa situación.
- Estética: Aunque no molestara al paso, altera la estética del edificio y requiere permiso de la Junta.
2. Plazas de Garaje: ¿Puedo cerrarla o poner estanterías?
La plaza de garaje es para aparcar vehículos a motor. No es un trastero.
- Cerrar la plaza: Levantar paredes y poner una puerta requiere UNANIMIDAD (altera la estructura y estética) y licencia municipal. Casi imposible.
- Almacenar cosas (trastero abierto): Muchos ponen estanterías, neumáticos, latas de aceite o bicicletas al fondo de la plaza.
- Peligro: Las pólizas de seguro de garajes cubren "vehículos". Si hay un incendio provocado por tus latas de aceite o tus trastos viejos, el seguro se lavará las manos y pagarás tú todo el siniestro del garaje.
- Normativa: La mayoría de ordenanzas municipales de incendios prohíben almacenar materiales combustibles en aparcamientos.
3. El Patio de Luces: El eterno conflicto del Bajo
La mayoría de los pisos bajos tienen el "uso y disfrute" del patio de luces, pero la propiedad sigue siendo de la comunidad.
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¿Qué PUEDE hacer el usuario?
- Poner macetas (móviles).
- Poner una mesa y sillas de jardín (mobiliario móvil).
- Tender la ropa (si no molesta).
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¿Qué NO PUEDE hacer (sin permiso unánime)?
- Techar el patio: Prohibido. Altera la fachada y ventilación.
- Hacer una habitación extra: Prohibido. Aumenta la edificabilidad ilegalmente.
- Instalaciones fijas: Barbacoas de obra, pérgolas ancladas al suelo.
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La Servidumbre de Paso:
- El usuario del patio TIENE QUE DEJAR PASAR a la comunidad para montar andamios, pintar la fachada interior o limpiar arquetas. Si se niega, orden judicial inmediata.
Conclusión
Si no está dentro de las 4 paredes de tu escritura, no es tuyo. Pide permiso antes de invadir. Y si eres Presidente, no hagas la vista gorda: un pasillo despejado salva vidas.
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