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Guía Completa

¿Puede el Presidente librarse de pagar la Comunidad? La trampa de la Unanimidad vs. Mayoría

El Equipo de PDC

Expertos en Propiedad Horizontal

21 Ene 2026
8 min lectura
¿Puede el Presidente librarse de pagar la Comunidad? La trampa de la Unanimidad vs. Mayoría
Respuesta Directa
Te ha tocado ser Presidente y te preguntas si puedes ahorrarte la cuota. Cuidado: confundir 'Exención' con 'Retribución' puede anular el acuerdo. Te explicamos cómo hacerlo legalmente.

Te ha tocado ser Presidente. Tienes por delante un año de llamadas, gestión de averías y mediación en conflictos. Es lógico que te preguntes: "¿A cambio de este trabajo, puedo al menos ahorrarme la cuota de la comunidad?".

La respuesta corta es: Sí, pero es mucho más difícil de lo que crees.

Existe una confusión muy común entre "No pagar" (Exención) y "Cobrar" (Retribución). Y cuidado, porque confundirlas puede anular el acuerdo en un juzgado. Aquí te explicamos la diferencia vital.


1. La Diferencia Clave: Exención vs. Retribución

Para entender qué mayoría necesitas en la Junta, primero tienes que definir qué estáis votando. Son dos caminos distintos para llegar al mismo destino (que al presidente le salga "a cuenta" el cargo).

A) La Exención de Gastos (Dejar de pagar)

Significa que el Presidente deja de pagar su cuota mensual.

  • El problema: Si tú dejas de pagar, tu porcentaje de participación (coeficiente) se tiene que repartir entre el resto de vecinos. Es decir, tu ahorro sale directamente del bolsillo de tus vecinos, que tendrán que pagar más para cubrir tu parte.
  • El Quórum: Al modificar el sistema de reparto de gastos establecido en el Título Constitutivo o Estatutos, se exige UNANIMIDAD. Basta con que un solo vecino vote en contra para que no se apruebe.

B) La Retribución (Cobrar un sueldo)

Significa que el Presidente sigue pagando su cuota religiosamente, pero la Comunidad le paga una cantidad (que puede coincidir exactamente con el importe de su cuota) por sus servicios prestados.

  • El concepto: Se considera un gasto más de la comunidad (como pagar al administrador o al jardinero).
  • El Quórum: Al ser un gasto de administración, solo hace falta MAYORÍA SIMPLE.

💡 El consejo del experto: Es mucho más fácil aprobar una retribución (mayoría simple) que una exención (unanimidad). Si intentas "no pagar", te bloquearás si un solo vecino te tiene manía.


2. El peligro de mezclar los acuerdos

Aquí es donde muchas comunidades cometen un error fatal que acaba en impugnación. Es frecuente que en el Acta pongan: "Se acuerda que Fulanito sea Presidente y no pague la comunidad". Error.

Como bien indicas, la designación del cargo y el tema económico son asuntos distintos:

  1. Nombramiento: Es obligatorio y rotatorio (salvo excusa ante el juez).
  2. Compensación: Es voluntaria y requiere votación específica.

Si se mezclan y se aprueba por mayoría simple una exención (que requiere unanimidad), el acuerdo es NULO.

Además, a efectos contables, el Presidente debe recibir su recibo de la comunidad y pagarlo. Y, por otro lado, la comunidad le hace una transferencia o pago por sus servicios. Si simplemente "se dejan de girar los recibos", la contabilidad será un caos y parecerá un moroso técnico.


3. Cuidado con Hacienda (El detalle que nadie te cuenta)

Tanto si te "perdonan" la cuota como si te pagan un dinero, para la Agencia Tributaria eso es un ingreso.

El ejercicio del cargo es, por ley, gratuito. Si recibes una compensación económica, se considera un rendimiento que debes declarar en el IRPF. La Comunidad, a su vez, debería practicar la retención correspondiente si se formaliza como una actividad profesional o un servicio.

Muchos presidentes prefieren no cobrar nada para evitarse el lío fiscal, pero es importante que lo sepas: "cobrar en especie" (no pagando cuota) también tributa.


4. Resumen Visual: ¿Qué necesito para cada cosa?

| Opción | Qué implica | Quórum Necesario | Dificultad | | :--- | :--- | :--- | :--- | | Exención | El Presidente NO paga cuota. Los vecinos pagan su parte. | Unanimidad (100% votos) | 🔴 Muy Alta | | Retribución | El Presidente paga, pero recibe un dinero (gasto común). | Mayoría Simple (50%+1) | 🟢 Baja/Media | | Gratuito | Lo normal. El cargo no se cobra. | Obligatorio por ley | - |


Conclusión: Cómo hacerlo bien en la próxima Junta

Si quieres proponer esto en tu comunidad, nuestra recomendación estratégica es ir por la vía de la Retribución, no de la Exención.

  1. Calcula cuánto pagas de comunidad al año.
  2. Propón en el Orden del Día: "Aprobación de retribución económica para el cargo de Presidente".
  3. Explica que esa cantidad compensa las horas dedicadas y los gastos (teléfono, gasolina, gestiones).
  4. Somete a votación por Mayoría Simple.
  5. Sigue pagando tu recibo y recibe el pago de la comunidad aparte.

Así, tu gestión será impecable, legal y mucho más fácil de aprobar.

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