El Artículo 21 es la herramienta más potente contra la morosidad. Permite ir al juzgado con un procedimiento "exprés" llamado Monitorio, sin necesidad de abogado ni procurador inicial (aunque recomendable).
Texto Legal Explicado
1. Intereses y Sanciones
1. La junta de propietarios podrá acordar medidas disuasorias frente a la morosidad [...] tales como el establecimiento de intereses superiores al interés legal o la privación temporal del uso de servicios o instalaciones...
💡 Traducción: Ahora es legal (antes era dudoso) prohibir al moroso usar la piscina o la pista de pádel. Y cobrarle intereses altos por el retraso.
2. El Proceso Monitorio
2. La comunidad podrá [...] reclamar [...] mediante el proceso monitorio especial aplicable a las comunidades...
3. [...] certificado del acuerdo de liquidación de la deuda emitido por quien haga las funciones de secretario de la comunidad con el visto bueno del presidente...
💡 Pasos para cobrar:
- Junta: Se aprueba la liquidación de la deuda ("Pepito debe 500€").
- Notificación: Se le notifica a Pepito (o al tablón si no aparece).
- Certificado: El Secretario emite un certificado de la deuda.
- Juzgado: Se presenta la petición de Monitorio.
- Resultado: Si el moroso no paga ni se opone en 20 días, el juez ordena el EMBARGO directo de sus cuentas o nómina.
4. Gastos Legales
6. [...] la comunidad obtuviere una sentencia totalmente favorable [...] se deberán incluir en ellas los honorarios del abogado y los derechos del procurador...
💡 Traducción: Si la comunidad gana, el moroso paga también al abogado de la comunidad, aunque la deuda fuera pequeña.
